GESTIÓN DE DECLARACIÓN DE INTERÉS

Considerar la formación de los docentes como un proceso continuo, y no como una colección de eventos de formación, amplía el alcance de la función del sistema formador con respecto a lo que ha sido la tradición histórica. Obliga a ampliar las oportunidades y modalidades del trabajo de formación, así como articularlas en sistemas institucionales de formación docente continua.

REQUISITOS PARA PRESENTAR PROYECTOS DE FORMACIÓN PERMANENTE

La Dirección de Educación Superior – a través del Área de Formación Permanente – es la responsable de evaluar, autorizar y tramitar la declaración de Interés educativo de los proyectos de Formación permanente para los docentes de la provincia de Río Negro, que se encuadren en los lineamientos prioritarios establecidos por las Direcciones de Nivel. El Área tiene como principal objetivo coordinar y acompañar a las instituciones que llevan adelante propuestas destinadas a docentes de la provincia de Rio Negro, de todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

Marco Regulatorio

Resolución CPE N° 642/17, aprueba:

> Los lineamientos y requisitos para Declarar de Interés Educativo propuestas de Desarrollo Profesional Docente y Formación Permanente, definidos en el Anexo I.

> Los requisitos y formatos para la presentación de Propuestas de Formación Permanente, establecido en el Anexo II.

> Las características y formato de los informes académicos de las Propuestas de Formación Permanente que deben remitirse anualmente a la Dirección de Educación Superior (DPESyF) (Anexo III)

> Modelo de planilla de asistencia (Anexo IV)

> Modelo de planilla de acta de finalización de las propuestas de formación permanente (Anexo V)

Disposición de la DPESyF N° 186/18, aprueba:

Reglamento de Formación Permanente para los Institutos de Formación Docente Continua de la provincia de Rio Negro, encuadrado en todos sus términos en la Resolución Nº 642/17 del CPE y establece las funciones del Sistema Formador para atender las necesidades de la formación docente inicial y continua y la producción de saberes específicos.

 

 

   Declaración de interés
   Postítulos
   Disposición 196-18
  • Disposición N° 03/17
   Lengua de señas Argentina
   Artículo 8

Lineamientos de Formación Permanente 2025:
Todas las propuestas de formación permanente deberán encuadrarse en la normativa vigente y responder a los lineamientos establecidos en la Resolución CFE N° 387/21, Planes Jurisdiccionales. En el caso de encuentros presenciales, se deberá encuadrar en la Res. CPE N° N° 4119/20 y Disposición de la DES N° 003/24

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